Preguntas que se repiten
Sobre qué es esta publicación, qué no es y a quién corresponde cada consulta.
Listado de preguntas
¿Es esto asesoramiento legal?
No. Legal Pathway es una publicación divulgativa: explica cómo funcionan determinadas figuras del derecho civil español en términos generales. No conocemos su situación, no la valoramos y no le decimos qué hacer. Para eso hace falta un abogado colegiado que examine su caso concreto.
¿Son ustedes abogados?
No. No somos abogados, no somos un despacho, no estamos colegiados en ningún Colegio de Abogados y no ejercemos la abogacía. Tampoco tenemos convenio ni relación con ningún despacho, y no derivamos consultas a nadie.
¿Pueden revisar mi contrato o mi caso?
No. No revisamos documentos, no valoramos situaciones particulares y no redactamos escritos. Si nos envía documentación, se eliminará sin ser examinada. Esa función corresponde a un profesional que asuma la responsabilidad de su consejo, y nosotros no la asumimos.
¿Por qué no publican plazos ni importes concretos?
Porque cambian. Los plazos procesales, las cuantías y los porcentajes se modifican por vía legislativa y dependen además del tipo de contrato y de la fecha en que se firmó. Un dato desactualizado en esta materia induce a error con consecuencias reales; preferimos explicar el mecanismo y remitir a la fuente oficial.
¿Dónde puedo obtener ayuda si no puedo pagar un abogado?
Existe el turno de oficio y la asistencia jurídica gratuita, que se solicitan a través de los Colegios de Abogados y cuyos requisitos publica el Ministerio de Justicia. Para consumo, las Oficinas Municipales de Información al Consumidor y las asociaciones de consumidores orientan sin coste. En materia de vivienda, muchos ayuntamientos disponen de oficinas específicas.
Cada consulta, a su sitio
- Su caso concreto: un abogado colegiado, que puede examinarlo y responde de su consejo.
- Asistencia jurídica gratuita: el Colegio de Abogados de su provincia, según los requisitos que publica el Ministerio de Justicia.
- Consumo: la Oficina Municipal de Información al Consumidor de su municipio o el servicio autonómico de consumo.
- Vivienda y alquiler: la oficina de vivienda de su ayuntamiento o comunidad autónoma.
- Actos notariales: cualquier notaría, que informa antes de la firma, y el Consejo General del Notariado.
- El texto de las leyes: el Boletín Oficial del Estado, en su versión consolidada y de acceso libre.
